jueves, 9 de abril de 2026

FUERZAS ARMADAS E IGLESIA CATOLICA...

𝗙𝗶𝗿𝗺𝗮 𝗹𝗮 𝗶𝗻𝗶𝗰𝗶𝗮𝘁𝗶𝘃𝗮:

https://laicismo.org/mas-de-40-organizaciones-y-100-personalidades-firman-un-manifiesto-por-la-derogacion-de-los-acuerdos-con-la-santa-sede/


NO ES CONSTITUCIONAL QUE LAS FUERZAS ARMADAS ESTÉN VINCULADAS A LA RELIGIÓN CATÓLICA.

      Artículo 16.3 de la Constitución Española: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones". Es decir, sí, el estado tendrá en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española, pero concretamente los servicios sanitarios, el ejército, la judicatura, la policía, el sistema educativo, todas las instituciones del estado, etc., son aconfesionales porque “ninguna confesión tendrá carácter estatal”.

      Por ello, es evidente que se está conculcando la neutralidad confesional del estado español cuando vemos en vigor antiguallas (directamente inspiradas en las vigentes durante el régimen de Franco: Convenio entre la Santa Sede y el Estado Español sobre jurisdicción castrense y asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas, firmado el 5 de agosto de 1950) como esta de hace 50 años (firmada a toda velocidad, un mes después, de la CE de dic. de 1978):

      Instrumento de Ratificación del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre la asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas y el Servicio Militar de clérigos y religiosos, firmado en Ciudad del Vaticano el 3 de enero de 1979 (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1979-29492)

      La mezcla entre Fuerzas Armadas e Iglesia Católica es de tal envergadura en España que, en sí mismo, este hecho constituye una significativa laceración, de atrevida impunidad, de lo que debería ser una democracia avanzada. Supone también, ética y políticamente hablando, un duro recuerdo y prorrogación, de provocadora nostalgia, de lo que fue el “nacionalcatolicismo” en la dictadura del general Franco.

      La presencia del Arzobispado Castrense de España en las FAS está apoyada, lamentablemente, por ejemplo en el Real Decreto 1145/1990: norma que crea el Servicio de Asistencia Religiosa en las Fuerzas Armadas (SARFAS) y define que la asistencia a los católicos la ejerce el Arzobispado Castrense y adscribe este servicio a la Subsecretaría de Defensa. Los capellanes castrenses suelen ser o comandantes o capitanes y el arzobispo general castrense ostenta un rango que se equipara a la de un oficial general con el empleo de General de División.

      Todo esto no es que sea anacrónico, incomprensible y dañino para una democracia avanzada como la nuestra, sino que sencillamente es, a la vez, inaceptable jurídica y políticamente. Además, atenta con fruición contra el respeto a la memoria democrática de este país: QUE NO PUEDE TOLERAR PRÁCTICAMENTE EL MISMO TIPO DE RELACIONES ENTRE ESTADO E IGLESIA QUE PROSPERÓ SIN MÁS EN EL RÉGIMEN FRANQUISTA.